El Derecho a la Rendición de Cuentas

El Derecho a la Rendición de Cuentas

La Rendición de Cuentas, un derecho del Progenitor no custodio.

Soy padre, no cajero automático y tengo derecho a la rendición de cuentas.

Legisladoras y legisladores, imaginen lo siguiente:

Por cuestiones ajenas a ti, dejas a tu hijo al cuidado de un cuidador. Le das dinero a ese cuidador. Confías la seguridad de tu hijo a ese cuidador. Ese cuidador vigilara que tu hijo coma, se vista, se lave, vaya a la escuela y se relacione sanamente con otras personas. De pronto, el cuidador enferma y tiene que ser hospitalizado mientras estas en un viaje obligado. Sin consultarte, ese cuidador decide no avisarte y pone a cargo de otras personas a tu hijo. Cuando hablas con tu hijo, te dice que todo esta bien, pero no te dice lo que esta pasando porque en su inocencia, no lo comprende.

Te enteras lo que le paso al cuidador y caes en cuenta que no supiste donde estuvo tu hijo en un espacio de tiempo. No sabes lo que vivió con esas personas ajenas… si comió, no sabes si lo trataron bien, si le pudo pasar algo grave en tu ausencia…. Tu no dejaste a esas personas a cargo. No las conoces! como sabes como cuidaron a tu hijo?… si les importaba tu hijo? Te agradaría esa sensación?

Las personas comunes sentirían rabia, impotencia, miedo, incertidumbre y hasta ansiedad.

Ahora imagina lo siguiente. Por cuestiones ajenas a ti, tu hijo queda al cuidado del progenitor custodio. Le das pensión alimenticia para tu hijo a ese progenitor custodio. Confías la seguridad de tu hijo a ese progenitor custodio (no tienes otra opción). Él o ella, vigilara que tu hijo coma, se vista, se lave, vaya a la escuela y se relacione sanamente con otras personas.

Sucede que el progenitor custodio enferma y tiene que ser hospitalizado mientras no tienes contacto con tu hijo. Por razones ajenas a ti, decide no avisarte y pone a cargo de otras personas a tu hijo. Cuando hablas con tu hijo, te dice que todo esta bien, pero no te dice lo que esta pasando porque en su inocencia, no lo comprende.Por azares del destino, te enteras lo que le paso al progenitor custodio y caes en cuenta que no supiste donde estuvo tu hijo en un espacio de tiempo.

No sabes lo que vivió con esas personas ajenas, si comió, si lo trataron bien, si le pudo pasar algo grave en tu ausencia. Tu no dejaste a esas personas a cargo de tu hijo. No las conoces! como sabes como cuidaron a tu hijo? como sabes si les importaba tu hijo?… ¿Te agradaría esa sensación?

Las personas comunes, como en el primer escenario, sentirían rabia, impotencia, miedo, incertidumbre y hasta ansiedad. Legisladoras y legisladores ¿Sienten esa impotencia?

Independientemente de los problemas de los adultos, el progenitor custodio debe rendir cuentas de lo que se hace con los hijos por el bien de los hijos. Rendir cuentas no es una agresión, es una obligación el informarle al otro progenitor lo que pasa con los hijos, en especial si por alguna razón, el progenitor custodio no puede cuidar al menor.

Tomar el rol de progenitor custodio es una responsabilidad adquirida por medio de un convenio Legisladoras y legisladores, la ley debe proteger, no perpetuar la alienación. Vincular a los niños con sus progenitores (ambos) es proteger a la familia. Pon la acción, los niños te agradecerán.

Por el derecho de los Progenitores no custodios a la Rendición de cuentas.

#rendiciondecuentasparental

Dr. Fernando Ávalos

Médico Especialista

1000Pelotasparati

Editorial
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